Por Ignacio Olivar | Para Ámbito
Desde lo estrictamente funcional, con un sistema judicial de causas (Lex-100) que pasó de ser complementario a convertirse en la única herramienta para garantizar la prosecución del proceso; causas y documentación que no se encuentran digitalizadas en su totalidad; ausencia de un canal o sistema formal directo entre abogados particulares y fiscalías en causas que se encuentran delegadas o presentan autor desconocido, entre otros.
Desde una perspectiva más general, imputados, querellantes y/o testigos que se encuentran estrictamente limitados por resultar personas de riesgo al virus, o bien por carecer de los elementos tecnológicos mínimos para incorporarse al sistema. También abogados y agentes judiciales que no pueden comparecer a sus estudios y/o dependencias de trabajo y han tenido que acondicionar un sector de su domicilio para seguir desempeñando las tareas de la mejor manera.
Al encontrarnos ante una enfermedad que hoy carece de cura, la vuelta a la normalidad parece muy lejana. Los establecimientos judiciales suelen ser en general reducidos para la distancia de prevención recomendada por los organismos de salud y la circulación del flujo de abogados. Aun implementando protocolos, el regreso resultaría riesgoso. Todo indica que la justicia seguirá funcionando exclusivamente en formato digital.
En definitiva, la expansión de la pandemia, sumado a las posibilidades que nos brinda la tecnología, nos ha impuesto estas circunstancias extraordinarias y, claro está, el desafío que conlleva adaptarnos a ellas. Y muchos de estos cambios llegaron para quedarse.
Tengo la convicción de que todas las personas que interactuamos en la justicia penal nos hemos planteado la necesidad de modernizar elementos y métodos de trabajo que mejoran el funcionamiento del sistema judicial. Ello sin perder de vista que, en determinadas circunstancias y actos procesales -y siempre que las condiciones sanitarias vuelvan a permitirlo-, la inmediatez y la oralidad de manera presencial son fundamentales para el debido curso de nuestro proceso.
(*) Magíster en Derecho Penal Universidad Austral. Profesor Universitario. Asociado Estudio Ramírez & David.